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Preguntas frecuentes

Condiciones de entrada en España Los nacionales de terceros Estados que viajen a España para estancias de hasta 90 días por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración inferior a 3 meses, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo, deberán cumplir las condiciones de entrada establecidas en el Código de fronteras Schengen:   Requisitos de entrada
  • Realizar la entrada por uno de los puestos habilitados.
  • Acreditar la identidad con un documento de viaje válido y en vigor (pasaporte con vigencia superior a 6 meses al momento de ingresar).
  • Estar en posesión de un visado cuando sea necesario en función de la nacionalidad.
  • Probar las condiciones de la estancia prevista y la disponibilidad de medios económicos.
  • No estar sujeto a prohibiciones de entrada.
  COVID-19: Actualmente no existen restricciones de entrada en España ni se realizan controles sanitarios a la llegada a España con motivo del COVID-19.

Consulta a detalle los requisitos de ingreso en el siguiente link:

https://www.exteriores.gob.es

Las autoridades nicaragüenses solicitan a los viajeros que entren a Nicaragua por vía aérea, marítima o terrestre certificado de vacunación COVID-19, ya sea digital o impreso, que refleje pauta de vacunación completa según la Resolución Ministerial N. 309-202 del Ministerio de Salud de Nicaragua.

El esquema completo de vacunación es de dos dosis, que pueden ser de la misma vacuna o combinada. En el caso de Sputnik Light y Janssen, es suficiente con una dosis.

Se aceptarán todas las vacunas reconocidas por la OMS o registradas en el país: Sputnik V, Sputnik Light, Pfizer, Moderna, Astrazeneca, Covidshield, Soberana 02, Abdala, Janssen, Sinopharm y Coviran. Para adultos o niños no vacunados, deberán presentar resultado negativo de la prueba: Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19, realizada en un período no mayor a 72 horas antes del ingreso al país.

 

Además, para el ingreso por vía terrestre o marítima, es obligatorio rellenar formulario migratorio y enviarlo con 7 días de antelación.

 

Para el ingreso por vía aérea, la aerolínea correspondiente enviará un link para rellenar el formulario migratorio. Deberá hacerse dentro del plazo que establezca la aerolínea, quien lo trasladará a estas autoridades.

 

Para mayor información, consultar el link:

 

https://www.exteriores.gob.es/Embajadas/managua/es/Comunicacion/Noticias/Documents/PREGUNTAS%20FRECUENTES%20Y%20REQUISITOS%20DE%20ENTRADA%20A%20ESPA%C3%91A_19012023.pdf

Requisitos de vacunación y prueba de COVID-19 para ingresar a EE. UU.

 

Ya sea que ingrese a los Estados Unidos por aire, mar o tierra:

  • A partir del 12 de junio de 2022, ya no es necesario presentar una prueba negativa de COVID-19 para ingresar a los EE. UU.
  • A partir del 12 de mayo del 2023, los ciudadanos extranjeros ya no tienen que mostrar comprobante de que están vacunados contra el COVID-19 al ingresar por aire o tierra a Estados Unidos.

Así mismo deberá presentar:

  • Pasaporte con vigencia superior a 3 meses al día del viaje.
  • Visa Americana vigente.
  • Boleto ida y regreso.
  • Dirección de estancia en Estados Unidos.

Para mayor información puede consultar los requisitos sanitarios en el link:

https://www.usa.gov/es/covid-viajes-internacionales

Respecto al trámite del pasaporte para adultos, Migración y Extranjería solicita lo siguiente:

 

  • Partida de nacimiento actualizada: Esta debe ser original y encontrarse en buen estado.
  • Cédula de identidad: De esta identificación debe presentarse original y una fotocopia que ha de ser ampliada.
  • Comprobante de pago bancario de libreta de pasaporte: Este es el recibo que se obtiene haciendo el pago en cualquier sucursal bancaria nacional por un valor de $21.56 o su equivalente en córdobas. No se requiere copia del mismo.
  • Formulario de trámite migratorio: Este formulario debe ser comprado en la delegación de Migración donde se realice el trámite y tiene un valor de $0.14 o su equivalente en córdobas y tampoco se requiere fotocopia.

 

En el caso de solicitud de pasaporte para jubilados:

 

  • Si el solicitante es jubilado, también se requiere, además de todos los documentos anteriores, el carnet de jubilado con dos fotocopias ampliadas.
  • De ser este el caso, el valor es de solo $10.77 o su equivalente en córdobas.

 

En cuanto al trámite de pasaporte para menores de edad se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Partida de nacimiento original.
  • Cédula, si la tuviese, con su respectiva fotocopia ampliada.
  • Cédulas de ambos padres, tanto las originales como una copia ampliada de cada una.
  • Pago de los aranceles.
  • Formulario de solicitud.

Si uno o ambos padres del o la menor a quien se le solicita el pasaporte son extranjeros o residentes no nacionalizados, podrán identificarse con pasaporte vigente o con cédula de residencia en Nicaragua vigente.

 

Para los menores de 18 años, es requisito además realizar el trámite de visa de salida.

 

Para mayor información, consultar el link:

https://www.migob.gob.ni/migracion/

Todo menor de edad requiere visa de salida para realizar un viaje fuera de Nicaragua.

 

Los requisitos para dicha solicitud son:

 

  • Partida de Nacimiento, Pasaporte con al menos 6 meses de vigencia, Permiso Notariado previamente autorizado y firmado por los padres del menor ante un abogado, Fotocopia de la identidad de los padres.
  • Si el pasajero es de nacionalidad extranjera y tiene residencia en Nicaragua, para realizar viajes fuera del país, deberán contar con una visa de salida. La visa deberá ser otorgada por la Dirección General de Migración y Extranjería, debiendo mostrar su cédula de residencia vigente.
  • Los nicaragüenses mayores de edad (18 años) no requieren visa de salida.

 

Para mayor información, consultar el link:

https://www.migob.gob.ni/migracion/

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